Se limita aún más la libertad de movimiento

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El Gobierno ha modificado, en el día de hoy, miércoles, 18 de marzo de 2020, el Real Decreto de Estado de Alarma.

Entre los diversos puntos modificados, llama la atención uno en lo referente a la libertad de movimientos de las personas. Desde hoy, solo se podrá salir de casa para realizar las actividades permitidas de forma INDIVIDUAL, es decir, solo una persona a menos que sea para acompañar a personas con discapacidad, menores o mayores.

«1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada». «h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.»

La introducción del término INDIVIDUALMENTE pretende ser determinante con las dudas que puedan surgir en cuanto a las restricciones para paseo de mascotas, compras en comercios autorizados etc...

CONSULTA AQUÍ TODAS LAS MODIFICACIONES DEL 18 DE MARZO

CONSULTA AQUÍ EL REAL DECRETO DE ESTADO DE ALARMA DEL 14 DE MARZO

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