El Aguijón es una sección de opinión en la que los participantes pueden exponer con total libertad su punto de vista sobre temas de actualidad y de interés que afectan a nuestra comunidad. Vivaleliana!, pretende ofrecer a sus lectores, claridad, libertad de crítica y argumentos, tomando partido, eso sí, con el debido fundamento y respeto, sobre las cosas que pasan a nuestro alrededor.
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ESCASA CALIDAD DEMOCRATICA EN L’ELIANA

Parece que los gobernantes de nuestro pueblo (PSOE y Compromís), están aprovechándose de la corriente de minoración democrática en la que nos está introduciendo el Gobierno español, pasando a hacer aquí cosas semejantes y  jamás vistas en nuestra política municipal.

En el penúltimo pleno, fuimos testigos de cómo nuestro alcalde le retiraba la palabra a un vecino estando en su turno, con el argumento de que había ido allí a lucirse, (toma castaña). En este último me recriminaba a mi personalmente, que utilizaba mucho tiempo para analizar su trabajo y sus palabras, para realizar mis labores de oposición, ¿que querrá? ¿qué no haga nada?. La verdad es que siempre tiene algún desliz, sacando los pies del tiesto, en donde además usa ese tonito de, “aquí mando yo”, sobre todo porque siempre tiene entre sus coletillas lo de, “esto es potestativo del alcalde”. Pues bien, para ese viaje no hacían falta alforjas, a los grupos en la oposición nos pueden decir directamente que no hace falta que asistamos a nada, porque no piensan hacernos ni caso y que nuestras propuestas estarán per sé fuera de la legalidad o simplemente que les importan una higa.

Yo creía que estás actitudes eran propias de épocas pretéritas, al menos en esto de la cosa pública, porque en las empresas privadas demasiados amos se siguen comportando de esta manera. Pero cuando el comportamiento de lo privado pasa a lo público, es decir que el mandatario gestiona la publico como si aquello fuese su cortijo, entramos en la escasa calidad democrática que estamos viviendo.

Tampoco parece estar muy bien preparado para el cargo, al menos políticamente, cuando se le hace una pregunta concreta y directa y no la quiere contestar, desviando la respuesta a alguno de sus concejales/as. Solo pueden ser dos cosas: 1ª que la respuesta política que tiene que darte le deja en mal lugar y pasa de todos los vecinos a los que como oposición representas, o 2ª  lo que es peor, que no tiene ni idea de lo que le estas hablando.

Por otro lado, no conseguimos comprender muy bien el papel de las concejalas de Compromís ante estas actitudes, defendiendo a maza martillo actitudes del PSOE que hasta hace bien poco eran consideradas por ellas como de ataque a la verdadera participación democrática.

Le exigimos Sr. Alcalde que gobierne usted teniendo en cuenta todas las sensibilidades de este pueblo, y no lo haga exclusivamente para quien rezaba en su eslogan electoral “Los amigos de Salva”.

 

Jose Lorente

Concejal de Esquerra Unida-Els Verds.

 

Transparència? Això què és?

Ara que tot es parlar de finançament il.legals i altres contes em ve al cap el preàmbul de la llei 19/2013, “ de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno” d’obligat compliment per a totes les administracions, inclós l’Ajuntament de l’Eliana:

“La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos”

Com es fa efectiu? entre d’altres amb el compliment de la llei 7/1985 que estableix l’obligació de presentar per part de regidors i regidores  dues declaracions:  la de bens i la d’activitats i possibles incompatibilitats. Aquestes declaracions han de constar en dos Registres, de caràcter públic i actualització anual. 

Per tant amb la publicació d’aquestes declaracions es pot veure com augmenta any rere any el sou dels regidors alliberats i regidores alliberades, quin és el volum del seu patrimoni al llarg de tota la legislatura i comparar en allò que tenia abans de ser representant en l’ajuntament i què tenen tots al final. Al mateix temps la declaració d’activitats serveix per evitar que els interessos de negocis privats es barregen amb les decisions públiques i no es prenguen decisions per relacions econòmiques o personals.

Quin és el millor mecanisme per obtenir informació? Sens dubte com diu a Llei valenciana 2/2015 de transparència: a través de la web, a través del portal de transparència. 

On podem trobar-la els elianers i les elianeres? En cap lloc, ja que ni existeixen els registres ni es poden trobar al portal de transparència. Sembla que la responsable del portal, la regidora de bon govern i transparència ( de Compromís) a l’igual que en Igualtat, necessita de tècnics per  prendre les decisions polítiques que pertoquen, treballar i complir amb les obligacions legals. Això sí, fer compromisos públics tots el que calguen... Xé, com dirien els nostres majors, tot molt bé però  de forment ni un gra. 

Pura Peris, EU-Els Verds, Sumem

CALLE VOSTÉ!

Durante el pasado pleno  del mes de enero fui involuntario protagonista de una de las situaciones más antidemocráticas que he vivido en todos los años que llevo interesándome por la política municipal. En breve: el alcalde Salvador Torrent me impidió cuestionar la gestión del Plan de Igualdad realizada por la concejala Isabel Montaner de Compromís, interrumpiéndome reiteradamente mientras estaba en el uso de la palabra y provocando que tuviera que abandonar el pleno sin poder explicarme, ni hacer las preguntas que pretendía.

El argumento del Sr. Alcalde es meramente formal y restrictivo. Según él, el turno de "Ruegos y Preguntas", reservado a los ciudadanos en los Plenos, se limita a formular, estrictamente, un ruego o una pregunta sin más y con la mayor brevedad. Es una fórmula que permite ahogar y limitar la libertad de expresión del ciudadano, a conveniencia de la autoridad municipal. El mío, y creo que el de cualquier demócrata, es que éste es el único espacio institucional y público en el que los vecinos podemos expresarnos y formular nuestros puntos de vista sobre asuntos del pueblo a los representantes públicos (*Ver notas a pie de página). Con la debida corrección y brevedad, desde luego.

Pero lo cierto es que el Sr. Alcalde, lo que realmente quería en mi caso, era evitar que  cuestionara, con argumentos y documentos, la gestión de la concejala Montaner de Compromís, que ha tenido pudriéndose en el cajón, más de nueve meses  - hasta que yo mismo lo denuncié en esta misma sección -, un Plan de Igualdad que le puso en bandeja el anterior concejal Lorente. Se lo cedió con un diagnóstico de situación pagado y terminado y con una plaza dotada económicamente y cubierta por una técnica perfectamente cualificada. Y con ello, nuestro pueblo corre el riesgo de perder la llegada de subvenciones para programas de inclusión social, es decir para los más desfavorecidos de los elianeros. Pura desidia por parte de la concejala Montaner de Compromís, una responsable política que cobra 38.400 euros/año.

Mi intervención fue educada y duró poco más de 3 minutos, incluidas las admoniciones previas e interrupciones del Sr. Alcalde y las increpaciones en voz alta de los padres de la concejala, presentes en la sala y a quienes el alcalde no supo o no quiso cortar. Había transcurrido poco más de un minuto y ya quería que me callara. La prueba vergonzante de que el único propósito del Sr. Torrent era que yo no pudiera explicarme, es que la persona que intervino a continuación dispuso de más de 7 minutos, sin nada más que una breve e ineficaz indicación para que acortara su discurso, y el siguiente dijo lo que quiso sin formular ninguna pregunta.

 Aprovecharé pues, esta tribuna, para lanzar las preguntas que el alcalde no me permitió hacer en el pleno:

1. ¿Cómo es posible que la concejala Montaner vaya diciendo que no disponía de un/a  técnico/a cualificado/a para poner en marcha en abril/mayo de 2017 el Plan de Igualdad del municipio de l’Eliana, cuando para ello había sido elegida por concurso reglamentario Dª  Cristina Furió Rubio, licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración, Análisis de Políticas Públicas, Cooperación y Educación al Desarrollo por la Universidad de Valencia y Master en Estudios de Género, Mujeres y Ciudadanía, especialidad en Políticas Públicas por la Universidad de Barcelona. ¿Qué más quería? ¿Una premio Nobel?

2. ¿Cómo es posible que la concejala Montaner intente justificar su desidia y su negligencia  en base a que no quería que la persona designada fuera una becaria con un contrato, según ella, precario, cuando la Consellería de Igualtat de la Generalitat está llena de becarios, igual que lo está todos los años el Ayuntamiento de l’Eliana (y presume de ello) y ella misma tiene becarios en las áreas de Juventud y de Promoción Económica con contratos tan precarios como aquél?

3. ¿Cómo es posible que la concejala Montaner diga que no se ha perdido nada con este abandono, cuando han pasado más de nueve meses sin poner en marcha el Plan y ahora estamos arriesgando subvenciones para este año 2018 como consecuencia del reciente dictamen del Consell Juridic Consultiu que penaliza a los Ayuntamientos que carecen de Plan de Igualdad?

Nunca pensé que cosas así llegarían a pasar en l’Eliana. Ni que personas así llegarían a tener mando en esta plaza…

(Continuará….)

Germán López-Guitián.

(*) DEL DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA DE LA LENGUA:

 

"RUEGOS Y PREGUNTAS"

1. m. pl. Parte del orden del día de una asamblea o reunión en que los asistentes plantean asuntos de su interés a la presidencia.

Real Academia Española © Todos los derechos reservados

 

(*) DEL REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL 

 

Art.  113.  A los efectos de definir el carácter de las intervenciones de los miembros corporativos se utilizarán las siguientes terminologías: (…)

 

4º. Se entiende por ruego la formulación de una propuesta de actuación dirigida a algunos de los órganos de gobierno municipales.  Los ruegos formulados en el seno del Pleno podrán ser debatidos, pero no sometidos a votación.  Pueden plantear ruegos todos los Concejales o Grupos Municipales. (…)

 

5º. Se entenderá por pregunta, cualquier cuestión planteada a los órganos de gobierno en el seno del pleno.  Pueden formular preguntas cualquier Concejal o Grupo Municipal a través de su Portavoz.

 

Art. 98. 2.- Terminada la sesión del pleno, el alcalde puede establecer un turno de ruegos y preguntas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal. Corresponde al alcalde, ordenar y cerrar este turno.

 

 

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